viernes, 19 de diciembre de 2008

La Instrucción vaticana Dignitas Personae.



Carlos Leiva Villagrán

El 12 de noviembre reciente, y previa aprobación de Benedicto XVI, la Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano ha hecho pública la Instrucción “Dignitas Personae sobre algunas cuestiones de bioética”, una versión actualizada de la Donum Vitae de 1987, que constituye una revisión moral eclesiástica de los nuevos procedimientos que ha desarrollado la bioética en los últimos 20 años.
La idea de que el ser humano es tal desde el momento de la concepción, contenida en la primera frase de la Instrucción, no constituye novedad en la perspectiva eclesiástica, y es el fundamento en la práctica para la oposición de la Iglesia Católica al aborto, a la fertilización in vitro y a la difusión de la denominada píldora del día después, entre otros. Con la reciente Instrucción quedan actualizadas las restricciones que la jerarquía católica establece para sus fieles. De este modo, en el uso tanto reproductivo como terapéutico de la bioética, quedan prohibidos el uso de medios de intercepción y contragestación, así como todas las técnicas de fecundación artificial que sustituyen al acto conyugal, la inyección intracitoplasmática de espermatozoides, la criopreservación de embriones(aún para usos terapéuticos), la crioconservación de óvulos, la reducción embrionaria, la terapia génica germinal, la clonación humana, el uso de células troncales embrionarias o células diferenciadas derivadas de ellas, y finalmente el uso de óvulos de animales para la reprogramación de los núcleos de células somáticas humanas.
Como se puede apreciar, la nómina de prohibiciones reduce significativamente la posibilidad de los fieles católicos de valerse de las técnicas terapéuticas más modernas para permitirse la procreación cuando el hijo no llega, para aliviar sus enfermedades o para reducir el dolor. Pero, reconozcamos, la fe es más fuerte y, en la medida que no se vea afectado el derecho común, y en honor a la tolerancia en la sociedad civil, para todos debe resultar inobjetable el derecho de la grey católica a seguir las instrucciones de sus pastores.
Con todo, deseo referirme a dos puntos que hacen que esta Instrucción de la Iglesia Católica, dirigida a sus fieles, no pueda ser indiferente para los no católicos. Me refiero, por una parte, a su pretensión de universalidad, y, por otra, al uso abusivo que la jerarquía efectúa del concepto de dignidad.
En efecto, la Iglesia Católica no se conforma con instruir a sus fieles, y aspira a que todo el mundo se someta a su particular visión. Dignitas Personae señala expresamente que su afirmación de que la existencia humana es tal desde la concepción debería "estar en los fundamentos de todo orden jurídico". A continuación, da a entender que el embrión humano requeriría tener el status jurídico de una persona, y finalmente llama a los médicos a evitar la "cooperación al mal y al escándalo" en esta materia, oponiéndose a las leyes, a su juicio, "gravemente injustas". En estas expresiones, no cabe duda que la más alta jerarquía de la Iglesia Católica está instando a sus fieles a lograr que las instrucciones válidas para ellos, basadas en sus particulares dogmas, sean vinculantes para todos. Cualquier no católico

martes, 25 de noviembre de 2008

TABARISMO, FASE SUPERIOR DEL CONFESIONALISMO


Sebastián Jans


El Presidente de Uruguay, Tabaré Vásquez ha vetado la iniciativa legal, aprobada en el Parlamento de su país, que despenalizaba el aborto a través de la llamada Ley de Defensa de la Salud Sexual y Reproductiva. Se trataba de una emblemática intención legal de la mayoría parlamentaria, cuya tramitación lleva largo tiempo, y que ofrecía respuestas concretas y coherentes respecto de las demandas en salud sexual y reproductiva de mujeres y hombres, y hacía visible la existencia de un territorio de derechos, de autonomías y de libertad, cual es el ámbito de la sexualidad y la reproducción.
La intención de despenalizar el aborto ante la demanda de las mujeres uruguayas, permitía esa opción hasta las 12 semanas de gestación, reconociendo a las mujeres, sin distinción de clase social, como sujetas de derecho y como entes morales responsables de las decisiones que adoptan sobre su maternidad.
Pero no solo se trataba de la interrupción voluntaria del embarazo, sino que establecía una serie de medidas para garantizar la promoción y protección de la salud sexual y reproductiva de ambos géneros, constituyendo un paso relevante para los derechos de conciencia de los uruguayos. En Uruguay se realizan más de 30.000 abortos en el año, según las cifras oficiales, pero se calcula que la realidad de los abortos ilegales es por los menos el doble.
Uruguay estaba por constituirse, al concretarse tales derechos, en un ejemplo de democracia, al abordar con distintos sectores de la sociedad una acción ética de defensa y promoción de aquellos derechos que hasta ahora son muy difíciles de concretar en la vida cotidiana: los derechos humanos sexuales y reproductivos. De ese modo, el pasado martes 11 de noviembre de 2008, el Senado uruguayo finalmente aprobó el Proyecto de Ley de Defensa de la Salud Sexual y Reproductiva, por 17 votos de un total de 30, representando de manera decidida al 63 por ciento de la población que apoyaba la nueva normativa legal.
Conocida la aprobación parlamentaria, a los pocos días, el Presidente Tabaré Vásquez dio un golpe mortal a la iniciativa legal, al vetarla alegando razones de orden jurídico, científico y técnico, golpe brutal no solo a la mayoría de los uruguayos, sino también a la esperanza de las mujeres latinoamericanas de imponer sus derechos y libertades consagrados por los organismos internacionales.
Con el respaldo a sus palabras por parte de las autoridades religiosas del país y de los dirigentes conservadores de país, Tabaré Vásquez señalo: “La objeción de los capítulos del proyecto de ley referidos a la interrupción voluntaria del embarazo, disposiciones generales y modificación del delito de aborto, está fundamentada en razones de orden jurídico, científico y técnico: identidad filosófica y principios éticos”.
Claramente, Tabaré Vásquez subordina las razones de orden jurídico, científico y técnico a una identidad filosófica y a principios éticos. De esta manera formula una doctrina presidencial, que tendrá impacto no solo en Uruguay sino en toda América Latina, porque cualquier Presidente de la República podrá pretender erigirse en la voz de una conciencia nacional a partir de su identidad filosófica y sus principios éticos.
Pero, más allá de esta contingencia, ni siquiera podemos decir que es el pensamiento del 37% de los uruguayos que apoyó su veto a la ley, ya que ese segmento en general no comulga con las ideas de Tabaré Vásquez en otros planos. ¿Deberemos decir que hay una conciencia uruguaya en torno a la identidad filosófica y los principios éticos que el Presidente ha impuesto?
Sería de mucha relevancia que la clase política y los gobernantes con pretensiones tutelares de la conciencia de las personas, como es el caso de Tabaré Vásquez, leer al teólogo suizo Alexander Vinet, respecto de la imposibilidad de establecer una conciencia colectiva y que la conciencia individual es la única posibilidad del hombre de enfrentarse con libertad al conjunto de la sociedad.
Ha sido pretensión de las distintas confesiones que sus puntos de vista y sus valores no sean solo obligatorias para sus adeptos, sino que inevitablemente buscan que ellos sean aplicables incluso a quienes no practican su credo, cuando no se trata de eliminar a quienes pretenden otra verdad revelada.
Durante siglos la Iglesia Católica ha pretendido que su concepción de la vida y de los derechos de las personas, se imponga como una conciencia colectiva, a toda la sociedad, más allá de las diversidades de los credos y los no credos que se expresan en la sociedad. Esa conducta es lo que se ha identificado como confesionalismo, es decir cuando determinada confesión o credo es capaz constituirse en una doctrina que debe aplicarse horizontal y verticalmente a toda la sociedad y especialmente en sus estructuras de poder, como medio para forzar a la sociedad civil a acatarla.
Lo que hace Tabaré Vásquez es superar el estadio de la pretensión confesionalista, ya que no pretende imponer ciertos valores religiosos. Supera el confesionalismo – porque la pretensión de hegemonía ya no necesita una verdad revelada -, porque basta con declarar basamentos filosóficos y éticos propios, inherentes a la conciencia personal, para obligar al resto de la sociedad a reconocerlos como válidos para todos y a cada una de las personas.
Olvida este Presidente, que pretende un sesgo de progresismo, que los fundamentos y principios éticos a los que alude son los que deben orientar sus propios actos y sus propias decisiones, pero corresponde a la libertad personal de sus ciudadanos optar por su propia identidad filosófica y principios éticos, y que solo los obliga la ley, pero cuando ella tiene la capacidad de ser expresiva de los consensos fundamentales que hacen la vida de las personas vivible en justicia y respeto por los derechos de todos.
Así, Tabaré Vásquez llega al “vetazo”, por encima de las concepciones éticas de sus ciudadanos. Como Pinochet y Merino impusieron la penalización del aborto en Chile, o como Mario Fernández y los otros Ministros del Tribunal Constitucional en Chile, declararon inconstitucional el uso de la Píldora Anticonceptiva de Emergencia en los servicios públicos de salud. Frente a los derechos sexuales y reproductivos, derechos que surgen de las libertades de cuarta generación, la diferencia entre los mencionados no existe y en sus actos y dichos se conjugan.
Así, el actual Presidente uruguayo no solo ha vetado una ley, sino que ha puesto una profunda objeción a los derechos emanados de la libertad de conciencia, y su decisión no solo afecta a las mujeres y a los derechos de conciencia de los uruguayos, sino que nos afecta a todos los latinoamericanos. Tabaré Vásquez ha impuesto sus propias referencias filosóficas y éticas, su pensamiento, a todos los uruguayos, formulando una doctrina, no nueva, pero que quedará inseparablemente ligada a su nombre en el futuro de nuestro continente.

ANDRÉS Y JAVIER. UNA HISTORIA IMPOSIBLE EN CHILE.



Carlos Leiva Villagrán

En Chile, el bebé Javier probablemente no habría nacido, en tanto que su hermano Andrés estaría virtualmente condenado a muerte.
Andrés es un niño sevillano de 6 años, hijo de Soledad Puertas y Andrés Mariscal, al que se le descubrió una enfermedad hereditaria denominada Beta Talasemia Mayor, que consiste en una especie de anemia, que tiene como consecuencias un debilitamiento sistémico, la necesidad de realizar frecuentes transfusiones de sangre y, finalmente, una bajísima probabilidad de sobrevida. La única cura es un trasplante de médula, pero encontrar un donante compatible es muy improbable.
Los padres de Andrés, informados de las posibilidades que brinda la medicina genética, y en el marco de las posibilidades que les ofrece la legislación española, decidieron emprender un camino que hasta hace pocos años se habría imaginado imposible: traer al mundo un segundo hijo con una dotación genética compatible, tal que se pudiera obtener sangre de su cordón umbilical para realizar un trasplante de médula en Andrés, de modo que éste comience a fabricar células sanguíneas sanas.
Este bebé, Javier, nació en el pasado octubre y constituye el primer caso en España de bebé que es concebido para salvar la vida de un hermano.
Lo anterior es, primeramente, el resultado del avance científico, en cuanto ha sido la investigación llevada a cabo sobre el genoma humano, así como los esfuerzos de la medicina para hacer operativas las posibilidades terapéuticas derivadas, en particular la terapia de células madre.
Pero es también la consecuencia de un proceso colectivo, a través del cual la sociedad española ha mandatado a su clase política para que, reconocidas las posibilidades de utilizar la medicina genética en la curación de enfermedades, algunas de ellas muy graves y mortales, se establezcan procedimientos públicos orientados a permitir el uso de técnicas terapéuticas dentro de marcos establecidos por una consensualidad democrática y discursiva.
En el contexto democrático español se estableció así la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, del 26 de mayo de 2006, que actualizó las disposiciones de las anteriores leyes de 1988 y 2003, reconociendo la necesidad de que la ley debe adaptarse oportunamente a las nuevas realidades que plantea el avance de la ciencia.
En particular, en su artículo 12 legalizó el uso de técnicas de diagnóstico preimplantacional para distintas finalidades terapéuticas, lo que implica la posibilidad de seleccionar embriones cuyos genes no sean portadores de enfermedades hereditarias, para su transferencia en cada tratamiento particular.
El procedimiento para la gestación de Javier implicó que se efectuara un diagnóstico preimplantacional, que garantizara que el niño a nacer tendría los genes que cumplirían con el propósito curativo, y no reeditaría, en el peor de los casos, el nacimiento de un niño tan enfermo como el que se pretendía curar.
En este procedimiento, se seleccionan los embriones que, en conformidad al material genético de cada uno, serán útiles para el procedimiento en tanto que los que no cumplan con ello serán desechados. Andrés tiene así una alta posibilidad de curarse de una enfermedad que en la mayor parte de los casos es inhabilitante y mortal.
En Chile, Javier no podría haber nacido para salvar la vida de su hermano. El referente legal para esta situación es la Ley 20.120 "Sobre la Investigación Científica en el Ser Humano, Su Genoma, y prohíbe la Clonación Humana", promulgada el 7.9.2006, que en su Artículo 1º señala: "Esta ley tiene por finalidad proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de su concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas".
La consideración de la vida humana como ente a proteger desde la concepción, en nuestro ordenamiento, hace legalmente imposible el procedimiento de selección embrionaria, que conlleva desechar los embriones portadores de enfermedades genéticas. En el trasfondo de la ley chilena está la consideración particular proveniente de la creencia religiosa referida al estatus de los embriones.
En España, ello estuvo presente en la discusión, llegando finalmente a un consenso democrático envidiable, en cuanto a que la preservación de la salud y la vida de los enfermos atañe a la autonomía individual de cada cual, y que resulta criminal que la sociedad y el Estado nieguen a las personas las posibilidades de salud y recuperación, conforme al estado actual de la investigación científica. La legalidad española, por cierto, no obliga a nadie que esté en una situación como la Beta Talasemia a utilizar el diagnóstico preimplantacional, lo que la hace compatible con aquéllos que conforme a su fe religiosa opten por descartar el uso de estas técnicas.
Para el laicismo chileno, una vez más se plantea la necesidad de defender la autonomía individual para decidir el uso libre y consciente de las terapias que posibilita la ciencia, frente a la visión dogmática y autoritaria que obliga, por el peso de la ley, a que todos los componentes de la sociedad se rijan en conformidad a las normas que se derivan de creencias particulares.
Afortunadamente para Andrés, él vive en una sociedad que le brinda la posibilidad de aplicar los más recientes avances de la ciencia y la tecnología médica para, nada menos que, salvar su vida.

Publicado en In solis sis tibi turba locis el 11/06/2008 09:21:00 PM

Por la defensa del laicismo


Danny Monsálvez - Académico Historia U. de C.

Tiempo atrás, en este mismo espacio, el académico de la UST, Benjamín Correa, nos prevenía sobre el peligro que significaba el avance de la ideología laicista y la amenaza que aquella significaba para nuestro país. A lo cual agregaba: “La batalla entre la cultura de la vida, la cultura cristiana y de la muerte se está jugando en todos los ámbitos: universidades, medios de comunicación, partidos políticos”.
Sumándonos a esa “batalla”, pero de ideas, queremos plantear lo siguiente:
El laicismo no es un tema nuevo, para algunos no muy llamativo y para otros feligreses y devotos un verdadero atentando a la vida; tal vez por el hecho que se piensa que aquel concepto, contenido y propuesta se circunscribe solamente a la eterna lucha laico-religiosa, la separación Iglesia del Estado, o en último caso, una especie de animadversión encubierta contra todo aquello que tenga un atisbo de religioso; sin embargo, el laicismo es mucho más que aquello, es una actitud, conducta, forma de vida que rechaza todo dogmatismo, que no es necesariamente religioso, sino que también cultural, social, económico, racial y político. El laicismo es una forma de sociabilidad, identidad, pertenencia, compromiso y proyecto social.
El laicismo como cuerpo de ideas, contiene elementos fundamentales desde el punto de vista de los Derechos Humanos, tales como la capacidad de libre albedrío como fundamento y método; respeto a la diversidad, la solidaridad, civilidad y democracia; pero además, conlleva intrínsicamente otros factores, por ejemplo, una propuesta universalista, racionalista, que significa prospectar, reflexionar, entender y asimilar que las practicas de los seres humanos obedecen a razones y no a dogmas y donde el derecho de conciencia que cada persona tiene se transforma en un valor inalienable. En ese sentido, hombres y mujeres se trasforman en auténticos sujetos históricos al ser los principales protagonistas de la historia. Es decir, a) “la historia no debe ser pensada como la encarnación de la voluntad de la Providencia, sino como la obra colectiva de los hombres; b) por ello es concebible la esperanza que esta historia sea mejorada por la acción mancomunada de los mismo hombres” (Moulian, 2001: 22).
Asimismo, rescata y promueve valores como la tolerancia que no es otra cosa que el respeto a la diversidad y pluralidad, que emerge como una manera de pensar, actuar y obrar distinto. Pero el principio de tolerancia no debe ser pasivo, o aludir a una tolerancia residual, o sea “…toleramos lo que está incluido en un ámbito cuyo cerco es lo intolerable” (El Mercurio, domingo 23 de noviembre de 2003, p. E 19). Peor aún, invocando el “bien común”, se intenta justificar determinadas decisiones de una autoridad. Incluso (autoridades o líderes) “pretenden que la moral y las costumbres estén de acuerdo a la visión de ellos, donde además, nos expresemos a través de ellos y por último que nuestros oídos esté libres para que escuchemos lo que sólo ellos nos tienen que decir” (Jans, 23 de agosto de 2008).
El laicismo apuesta por una tolerancia activa, inclusiva y participativa, que no evade la problematicidad de la cosas, donde el hombre asume conciente una actitud perenne de reflexión; en otras palabras, como señala el intelectual mexicano Carlos Monsiváis “…participar en la interpretación hasta donde puedo, y apoyar los movimientos (ideas, principios, valores) que me resultan importantes y hacer la crítica de aquellos que usurpan el sitio de los realmente importantes”. (El Mercurio, domingo 25 de abril de 2004, p. E 11)
El laicismo por principio no evade el debate, la contraposición y el conflicto, ya que tal como señala el Filósofo Político Etienne Tassin, “…no hay que identificar violencia con conflicto. El conflicto no se puede evitar. Existe. Es fiarte de la pluralidad. Desde que hay pluralidad hay conflicto”. (El Mercurio, domingo 6 de noviembre de 2005, p. E 15). Conjuntamente propone una praxis humanista, donde lo que importa es el hombre y sus conductas responsables en sociedad; teniendo como pilar fundamental la libertad de conciencia.
Finalmente, y retomando la batalla de ideas, creemos que los laicistas tienen que apostar por instalar temas en el tapete de la discusión tanto desde la academia como a nivel ciudadano. Por ejemplo, que tipo de democracia queremos construir, participación y derechos ciudadanos, gobernanza local, formación cívica, vínculos entre política-religión-negocios, concentración y pluralismo en los medios de comunicación, etc. Sólo de esta forma, promoviendo el debate y la reflexión, el laicismo se transformará en referentes activo en el plano social, cultural y político.

http://blog.elsur.cl/2008/11/17/por-la-defensa-del-laicismo/

domingo, 2 de noviembre de 2008

Sarkozy y el Laicismo Positivo


Carlos Leiva Villagrán

El laicismo en Francia tiene su fe de bautismo en la ley del 9 de diciembre de 1905, en la III República francesa, que estableció la separación de las Iglesias del Estado. Esta ley declaró que la República asegura la libertad de conciencia y garantiza el libre ejercicio de los cultos; también señaló que la República no reconoce, no paga ni subvenciona culto alguno. Por otra parte, la actual constitución francesa establece en su artículo Primero que Francia es una República indivisible, laica, democrática y social. El carácter laico del Estado se aplica también a la enseñanza pública, disposición destinada a preservar el ambiente libre de influencias ideológicas en la formación de los educandos. Recientemente en 2004, una de las medidas más debatidas en la sociedad francesa, la prohibición de portar signos religiosos en las instituciones escolares públicas, ha sido el resultado de una interpretación de la autoridad respecto de las exigencias que implica una escuela pública laica.
El carácter laico del Estado francés constituye un acervo de la cultura francesa, y, como tal, ha sido asumido por todos los gobiernos, de variado signo político. Sin embargo, el advenimiento a la Presidencia de la República de Nicolas Sarkozy ha traído un inesperado debate acerca del laicismo francés, como consecuencia de sucesivas intervenciones públicas del primer mandatario galo, que han culminado con la reciente recepción que brindara en París al Papa Benedicto XVI.
Sarkozy dio el primer aviso en un publicitado discurso que pronunció en su visita a San Juan de Letrán en diciembre de 2007, ocasión en que se le concedió el título de canónigo de honor de la Basílica. Reconociendo que la laicidad es un hecho insoslayable en su país, Sarkozy señaló que nadie discute que la laicidad es actualmente una libertad de creer o no creer, de practicar una religión, de cambiar de religión, libertad de los padres de dar a los hijos una educación conforme a sus convicciones y libertad de no ser discriminado por el Estado debido a su creencia. A continuación, sin embargo, Sarkozy emprendió una vigorosa crítica de la práctica del laicismo, señalando que éste no debería negar el pasado religioso, acusando que el laicismo habría querido cortar las raíces cristianas de Francia, las que, por el contrario, a su juicio, deberían ser asumidas, sin perjuicio del carácter oficialmente laico que establece la constitución francesa. El fundamento de esta propuesta sarkoziana es que, según él, la religión constituye una necesidad esencial en el hombre, especialmente tras la decepción de las ideologías.
Expresó Sarkozy: “A partir del Siglo de las Luces, Europa ha experimentado muchas ideologías. Ha puesto sucesivamente sus esperanzas en la emancipación de los individuos, en la democracia, en el progreso técnico, en el mejoramiento de las condiciones económicas y sociales, y en la moral laica. Se extravió gravemente en el comunismo y el nazismo. Ninguna de estas perspectivas – que evidentemente no pongo en un mismo plano- ha estado a la altura de colmar el deseo profundo de los hombres y de las mujeres de encontrar un sentido a la existencia”.
Y a continuación, el Presidente de la República francesa enunció las frases más incompatibles con el laicismo que su dignidad representa, al decir, por ejemplo, que es de interés de la República que haya muchos hombres y mujeres con fe. O cuando señaló que la República tiene interés de que exista una moral inspirada en convicciones religiosas. O cuando se lamentó que la República no haya tenido interés en validar los diplomas de teología, como si la República, dijo, no tuviera interés en la existencia de los ministros del culto.
En la última parte del discurso de San Juan de Letrán, el presidente francés se animó a aleccionar al laicismo. Como para justificar la instauración de una moral religiosa en un estado laico, afirmó que la moral laica arriesga siempre agotarse, en tanto no se encuentra adherida a una esperanza que satisfaga plenamente la aspiración a lo infinito. Además, señaló que una moral desprovista de lazos con la trascendencia queda enormemente expuesta a las contingencias históricas y a la superficialidad. Por ello, el presidente propuso el advenimiento de una laicité positive, en sus palabras, un laicismo que velando siempre por la libertad de creer o no creer no considere a las religiones como un peligro, sino como un bien.
Pocos días después del discurso de San Juan de Letrán, en enero de 2008, en una visita a Riyad, y ante el Consejo Consultivo de Arabia Saudita, Sarkozy quiso dejar en claro que su concepción de laicismo positivo no está dirigida solamente a la Iglesia Católica sino al fenómeno religioso en general, incluyendo a protestantes, judíos y musulmanes. En el discurso de Riyad, Sarkozy liberó a las religiones de culpabilidad por sus horrores, adelantándose a precisar que los crímenes cometidos en nombre de la religión no han estado dictados por el sentimiento religioso, no corresponden a la piedad religiosa ni han sido dictados por la fe, sino por el sectarismo, el fanatismo y la voluntad ilimitada de poder, separando así los adjetivos perversos de la esencia religiosa. En este discurso, Sarkozy generalizó lo que en San Juan de Letrán había particularizado para la Iglesia Católica: las religiones están en la esencia de toda cultura y de toda civilización, y por ello sobre su base debe fundarse la política de civilización en el mundo de hoy.
Por último, el 12 de septiembre de 2008, Sarkozy recibió a Benedicto XVI en el Palacio del Eliseo en París, y en su discurso de bienvenida, hizo nuevamente un llamado a un laicismo positivo, que caracterizó esta vez como “un laicismo que une, que dialoga, y no un laicismo que excluye o que denuncia”. Anunció asimismo que en las discusiones sobre bioética referidas a genética y procreación, próximas a realizarse bajo la denominación de Estados Generales de la Bioética, dispondrá que estén presentes las tradiciones religiosas. Finalmente, Sarkozy atribuyó a las religiones, y en particular a la Iglesia Católica un lugar en la lucha por la dignidad humana, afirmando que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, suscrita en París en 1948, fue el resultado de una convergencia entre las grandes tradiciones filosóficas y religiosas de la humanidad.
El conjunto de discursos de Sarkozy, en San Juan de Letrán, en Riyad y en el Eliseo, emitidos en un período de tan sólo 10 meses, han tenido amplia repercusión en Francia y en el mundo occidental, puesto que insinúan una idea modificatoria respecto de las características seculares del estado laico francés y de la posición consecuente que hasta aquí, desde la III República, han asumido sus gobernantes. En efecto, el presidente Sarkozy ha abierto un significativo frente de discusión al propiciar un “laicismo positivo”, que es una forma de denominación atractiva, que otorga una connotación positiva a un cierto tipo de laicismo, del cual él se considera su promotor. Sin embargo, a juicio de numerosos analistas, la revisión de las expresiones a través de las cuales Sarkozy busca distinguir al “laicismo positivo”, dejan claro su interés de que la República francesa recupere la consideración de institución fundada en la tradición cristiana, y que el Estado se inunde de su moral, retrocediendo a un estado anterior a la ley de 1905.
Visto así, no resulta extraño que los discursos de Sarkozy hayan recibido una dura crítica del mundo del laicismo en Francia. L´Observatoire Chrétien de la Laicité, a través de su Secretario, Jean Riadiger, emitió un comunicado después del discurso de San Juan de Letrán afirmando que “Sarkozy no habla en su discurso a nombre todos los franceses, ni sólo de los cristianos, ni siquiera a nombre de los católicos de Francia, sino en nombre de una sensibilidad católica tradicionalista que asume como la suya .... y la de toda Francia. El Presidente de la República ha expresado convicciones personales, espirituales e incluso religiosas, poniendo en cuestión gravemente el ejercicio laico de su función”.
La filósofa francesa Catherine Kintzler, autora del libro Qu`est-ce que la laicité?, señala que el concepto de “positivo”, que aparentemente enriquece el concepto de laicismo, por el contrario, lo vacía de sentido. Laicismo, dice, significa que no es necesario creer en algo para fundar el lazo político. El planteamiento de Sarkozy sería exactamente opuesto al laicismo, pues estaría afirmando que sin creencia religiosa no hay lazo político. Por lo demás, afirma Kintzler, el laicismo no requiere ser adjetivado de positivo, pues nada hay más positivo que el laicismo en cuanto es productor de libertades políticas y jurídicas, como no lo han sido las religiones, a las cuales sí cabría animar a que fueran positivas, en el sentido que Sarkozy pretende para el laicismo.
El articulista Pierre Hayat, en el diario francés Resublica, del 10 de enero de 2008, señala que afirmar, como hace Sarkozy, que la moral vale sólo si se apoya en creencias religiosas equivale a negar la posibilidad de una moral laica. Asimismo, sostener que la religión preservaría la moral laica del fanatismo es olvidar que las morales religiosas que pretenden trascender las contingencias históricas están precisamente amenazadas de fanatismo. Las guerras de religión y la persecución de herejes se realizan en nombre de un absoluto indiscutible que trascendería las contingencias históricas. El laicismo, precisamente, hunde sus raíces más antiguas en una protesta en contra de las guerras de religión y del odio teológico. Por último, afirma Hayat, la insistencia de Sarkozy en las “raíces cristianas de Francia”, que se suponen absolutamente buenas, implican desconocer la pluralidad de las herencias espirituales, y a ocultar que la Iglesia Católica se opuso, por lo menos en una primera época, a los derechos del hombre, a la enseñanza laica, así como a las grandes leyes emancipatorias del siglo XX, que contribuyeron a modelar el rostro de una Francia universalista y progresista.
Los discursos de Sarkozy han agitado un tema que se tenía por resuelto en la medida que los gobernantes franceses habían asumido hasta ahora, sin adjetivaciones, el carácter laico del Estado y la obligación de proceder en materia religiosa con absoluta independencia de sus personales creencias o preferencias. Al introducir el concepto de “laicismo positivo”, Sarkozy insinúa un atentado al funcionamiento laico largamente consensuado del estado francés, revelando su intención de asociar las decisiones públicas a una moral inspirada en las “raíces cristianas”, cuestión que no sólo atenta contra el laicismo, sino que pone gravemente en riesgo la estabilidad social francesa que, como es sabido, deviene crecientemente multiculturalista.
Empero, Nicolás Sarkozy ha proporcionado a los movimientos laicos franceses, inesperadamente, la oportunidad de acudir también a sus más profundas raíces intelectuales y espirituales, para fundamentar la vigencia permanente del laicismo en la sociedad moderna.

EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY 18.861.


Sebastián Jans

Publicada en el Diario Oficial del 31 de Diciembre de 1987, la Ley de 18.861 estableció en su artículo 69 la facultad de las empresas o contribuyentes para que, de acuerdo con las normas generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta, al declarar sus rentas efectivas, pudieran descontar de sus respectivos impuestos las sumas donadas a Universidades e Institutos Profesionales estatales y particulares reconocidos por el Estado.
Las donaciones recibidas por las instituciones de Educación Superior deberán ser destinadas a financiar la adquisición de bienes inmuebles y de equipamiento, como también la readecuación de infraestructura con el objeto de apoyar el perfeccionamiento del quehacer académico. Así también, las donaciones podrán ser empleadas en financiar proyectos de investigación de las instituciones de Educación Superior. Los bienes inmuebles adquiridos con las donaciones quedarán afectados a los fines de docencia, investigación y extensión de la institución. Las sumas donadas deducen crédito en un 50% de las sumas efectuadas, en contra del impuesto de Primera Categoría, como un límite anual de 14.000 U.T.M. al mes de diciembre de cada año.
La ley citada, en su artículo 70, estableció que correspondía establecer la reglamentación respectiva al Ministerio de Hacienda, lo que se concretó a través del Decreto N° 340 del 29 de abril de 1988 y la Circular N° 33 del SII del 16 de junio del mismo año.
Aquello que puede parecer un loable propósito para estimular el desarrollo de la Educación Superior y la investigación de las instituciones universitarias, con el consiguiente beneficio para el país, como ocurriría en una sociedad plural y democrática donde los intereses estén puestos en el desarrollo y en un sentido de país, cuando este enfrenta el desafío de insertarse en condiciones de competitividad en los mercados y en los desafíos que impone el mundo actual, como ha ocurrido históricamente en nuestro país, el articulo 69 de la citada ley ha ocultado una intencionalidad específica de establecer un proyecto de dominación y control social, político y económico.
No está demás tener presente la oportunidad histórica en que la ley se genera, en medio de un conjunto de esfuerzos legislativos para dejar fundado un sistema de hegemonía de clara identidad, y que la democratización ha dejado intocable por las urgencias de la transición y, luego, por las agendas que impone la contingencia política. Así se da el hecho que aquella norma se ha mantenido en el tiempo sin ser analizada con objetividad frente a sus resultados.
Pero, analizado cual ha sido el curso de las donaciones de las grandes empresas chilenas, es un hecho que el Estado, a través de la renuncia a percibir el 50% de los impuestos de las sumas donadas, está contribuyendo a financiar un proyecto de dominación cultural y ética unilateral, puesto que la ley ha estado favoreciendo proyectos de educación claramente unilaterales en su concepción y hegemónicos en su alcance social.
Estudios efectuados por algunas entidades dan cuenta que prácticamente el 90 por ciento de las donaciones realizadas por integrantes de los principales grupos económicos de nuestro país, tienen como destinatarias a tres universidades privadas confesionales (una de ellas perteneciente al Consejo de Rectores). De hecho, una de las universidades privadas reúne más del 50 % de las donaciones efectuadas por contribuyentes relacionados con los principales grupos económicos del país.
Nadie puede cuestionar el legítimo derecho de que cada cual haga con su dinero lo que desee, sin embargo, en el caso de las donaciones efectuadas en el uso del artículo 69 de la ley 18.861, se trata de recursos que el Estado deja de percibir en beneficio de propósitos aparentemente loables y puestos en beneficio de una idea de país, y que terminan favoreciendo la unilateralidad de conciencia y la pretensión de hegemonía de determinadas posiciones valóricas, ideológicas y doctrinarias.
Ello no produce un beneficio sustancial en la investigación científica y tecnológica, ni induce a un aporte al bien común, ya que, por un lado, consolida prestaciones educacionales hacia sectores socio-económicos que no requieren este tipo subvención estatal, y por otro, el beneficio legal no favorece un objetivo de pluralidad y diversidad que el Estado debe garantizar en una sociedad inspirada en valores democráticos.
Estando el Estado llamado a garantizar las condiciones de igualdad ante la ley, y debiendo asumir el deber de promover la equidad en el manejo de los recursos, corresponde que los beneficios concebidos por las leyes establezcan condiciones de igualdad no solo en el acceso a los beneficios sino también en los resultados que ellas provoquen.
Siendo excesivamente discrecional el destino de estas donaciones por parte de quien lo ejecuta, no corresponde que una ley de este tipo siga favoreciendo un proyecto unilateral de conciencia, por lo cual, el artículo 69 de la mencionada ley debe ser anulado o modificado radicalmente, orientándose esos recursos a las perjudicadas universidades del Estado, cuya función y alcance social es más efectivo y a través de las cuales pueden expresarse políticas públicas más concretas y representativas de la pluralidad nacional.