Sebastián Jans
Para los organismos competentes de las
Naciones Unidas, encargados de proteger los Derechos Humanos, y para las
organizaciones de la sociedad civil que existen en el mundo que actúan por la
prevalencia de tales derechos, y, en general, para todos aquellos que los han
invocado en alguna parte del mundo desde la conciencia del valor de la persona
humana, más allá de sus convicciones políticas, filosóficas o religiosas
particulares e individuales, los Derechos Humanos son inherentes a la condición
humana.
Ello significa que ellos son
inseparables de la naturaleza de lo humano, y sin esos derechos no se puede
comprender el carácter y la cualidad de lo humano. En virtud de ello, todos y
cada uno de los seres humanos posee esos derechos, los cuales deben respetarse
sin discriminación alguna. Se trata de derechos que los organismos señalados
califican de universales, igualitarios, inalienables, interdependientes e
indivisibles.
Desde mucho antes de 1948, tales
derechos habían ido construyéndose de manera creciente, y en las décadas
recientes, se han producido importantes avances en la profundización de la
trama conceptual que sostiene tales derechos, que no solo tienen un contenido
ético, sino que contienen ineludibles comprensiones políticas y jurídicas, que
la comunidad internacional ha ido construyendo con grandes avances y dramáticos
retrocesos.
De este modo, si analizamos los
crecientes avances que los organismos multilaterales de la ONU, que han venido
incrementando la visión política y jurídica de los derechos del ser humano,
podemos tener una fundada convicción de que el siglo XXI podrá ser, en la
historia humana, el siglo de los Derechos Humanos.
Aún con los graves retrocesos que se
advierten en muchas partes del mundo, que no dejan de golpearnos con la
expresión brutal de la violencia, que nos impacta en el día a día, y que nos
acongoja con los resultados tan equidistantes de una comprensión efectiva del
valor de la vida humana.
En esto último, señalo como ejemplo, la
desaparición de los estudiantes normalistas de Iguala, en México; los
degollamientos mediáticos de los rehenes, por parte del llamado Estado
Islámico; las ablaciones de mujeres y niñas, para el sostenimiento de arcaicas
comprensiones religiosas; los abusos sexuales contra niños, por parte de
religiosos que han sido protegidos por un Estado de la comunidad internacional;
la masacre de niños, en virtud de razones de guerra, por ejemplo en Palestina;
la existencia del trabajo esclavo o del trabajo semi-esclavo que permite la
producción de productos sangrientos de bajo costo; las consecuencias de la
criminalidad y la corrupción; la brutal imposición de embarazos, para mujeres
violadas, con fetos inviables o con peligro de muerte, a propósito de
comprensiones supuestamente éticas sobre la vida. En fin, la lista sería
interminable.
En ese contexto, debemos tener presente,
necesariamente, que aquella Declaración de 1948, hace 66 años, felizmente ha
ido siendo profundamente incrementada con el desarrollo de las convenciones que
ha ido vigorizando, profundizando y dando nitidez a una idea concreta sobre lo
que una mujer u hombre son, en virtud de tales, en cualquier sociedad, en
cualquier comunidad humana, pero por sobre todo, en toda sociedad, en toda
comunidad humana.
La
responsabilidad de los Estados
La comunidad internacional expresada en
la ONU, ha establecido que la promoción, instauración, defensa y garantización
de los Derechos Humanos, es responsabilidad prioritaria de los estados. Sin
embargo, corresponde también a las sociedades civiles asumir un rol sustancial
frente al estado, tanto para exigir como para fiscalizar las acciones de aquel,
cuando los derechos sean soslayados por razones superiores de algún tipo. Sin
la vitalidad y perseverancia de múltiples organizaciones no gubernamentales,
así como entidades específicas en la promoción de determinados derechos.
La experiencia indica que son los
Estados, precisamente, los que más actúan contra los derechos humanos. En
primer lugar, actuando contra los derechos humanos, en virtud de “razones de
Estado”. En ello hay una enorme lista de ejemplos, que se constata en muchas
partes del mundo, donde estructuras del estado, gobiernos, sistemas judiciales,
agentes o representantes oficiales y oficiosos, actúan directamente contra los
derechos humanos.
Hay una época reciente de América
Latina, que creo que aún está demasiado fresca, y donde hay aún efectos
dramáticamente dolorosos, sobre los resultados que la violación sistemática de
los derechos humanos provocó (Argentina, Brasil, Uruguay, Chile, El Salvador,
Guatemala, etc.).
En segundo lugar, cuando los Estados no
obran de acuerdo a sus responsabilidades para promover y proteger los derechos
humanos, actuando con lenidad frente a aquellos que los están conculcando. Es
gravísimo cuando los Estados se vuelven indiferentes frente a las violaciones a
los DD.HH.
Lo estamos observando de manera
dramática en México en los años recientes, como resultado de la criminalidad y
la corrupción. La desaparición forzada de personas y el exterminio de personas
o grupo de personas se ha hecho una rutina, producto de la acción de los narcos
y los políticos corruptos, los cuales han permeado y subordinado a órganos del
Estado, en función de los intereses de la criminalidad.
Lo propio ha estado ocurriendo en otros
países de América Latina, donde el delito ha tenido un alcance tan amplio, que
los órganos del Estado son penetrados por los intereses criminales,
neutralizando la prevención, la investigación y la sanción de los grupos que
lucran con la criminalidad y que afectan los derechos humanos de las personas y
las comunidades.
Este parece ser un punto que der ser de
máxima preocupación para los organismos internacionales vinculados a la
protección de los derechos humanos, desde hoy en la realidad de América Latina.
Cuando se ve lejano o distante la existencia de regímenes militares, como hace
40 años, que se fundaban en la represión violenta y deshumanizada de sus
“enemigos internos”; lo que viene hoy a estar en la agenda cotidiana de los
DDHH son los excesos de los órganos del Estado, como consecuencia de la
corrupción, o cuando esos órganos del Estado amparan o son indiferentes frente
a la mafias o los cárteles de narcos, o a las prácticas criminales de aquellos
que buscan asegurar cuotas de poder político dentro de los sistemas
democráticos.
La agenda chilena
Los grandes desafíos de la agenda
chilena de los DDHH, creo que pasan precisamente por completar los importantes
avances en la protección y garantización de los DDHH, que nuestra aún
imperfecta democracia ha ido consolidando.
Chile tiene muchos debes en la
diferentes temas, aún que tienen que ver con el mejoramiento institucional de
la democracia, pero tenemos un Estado que ha logrado expresar procesos
democráticos estables, de reducida corrupción y con capacidades efectivas de
corregir los riesgos de penetración de grupos que perviertan el rol de las
instituciones que deben regir la sociedad y satisfacer sus necesidades,
proveerle legalidad y administrar justicia. Sin embargo, hay cuestiones que
afectan seriamente los DDHH.
El primero de ello, tiene que ver con la
desigualdad. En ese contexto, tenemos una sociedad que tiene enormes evidencias
de segregación, que condenan a muchos a vivir en una parte de la sociedad y
garantiza que otros vivan en la otra parte. Estas desigualdades son un caldo de
cultivo para la existencia de diferencias en los derechos y que generan
discriminación y represión excesiva cuando los grupos afectados se expresan
dentro del sistema democrático.
De manera especial, cabe mencionar a los
indígenas, los pobres y a gran parte de las mujeres. Hay millones de personas
que no tienen los accesos y las oportunidades que tienen los sectores pudientes
de la sociedad.
Existe un sistema de educación,
consagrado en el Constitución, que sin embargo no cumple con el precepto allí
establecido, al generar una educación brutalmente segregadora, discriminadora y
que viola los derechos de los niños, que nacen en hogares más carenciados. La
educación chilena efectivamente determina el destino social de los niños, a
través de la formación que entrega, impidiendo las seguridades humanas a un
espacio de oportunidades y derechos a partir de la entrega del conocimiento y
la formación.
Otro de los aspectos que afectan
sensiblemente los DDHH en Chile, tiene que ver con la mujer. En ese contexto,
debemos reconocer que en nuestro país existe una diferencia de trato gravemente violatoria
de los DDHH de las mujeres.
De esta forma, es imposible hablar de
una agenda de los DDHH en Chile, sin considerar la tarea que debe abordarse en
cuanto a los derechos de la mujer.
No solo tiene que ver con el derecho a
los accesos y al trato igualitario, sino también como una visión profundamente
machista y fundada en un tradicionalismo religioso que conculca gravemente los
derechos a la salud de mujeres con embarazos traumáticos y patológicos, y donde
se impone una visión unilateral para entender la reproducción humana sin
considerar la voluntad de la mujer, en el ejercicio de su libertad de
conciencia.
Y está también presente en nuestra
agenda chilena la eliminación de la tortura como práctica de organismos del
Estado, cada vez menos frecuente, pero no extinguida. Hoy día en la mañana,
Lorena Fries, en nombre del Instituto Nacional de Derechos Humanos, ha
denunciado que aún en Chile se tortura.
Pero de modo especial, hay un punto de
nuestra agenda que nos parece muy importante, y que lo planteamos
constantemente en nuestra revista, y es la falta de profundización de los
contenidos y alcances de la libertad de conciencia, carencia que se plantea en
el día a día en Chile, a través de conductas profundamente hegemónicas y en
paternalismos deterministas que impiden el progreso legal del país, hacia la
garantización de la igualdad de trato.
No debemos olvidar que uno de los
fundamentos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos tiene que ver con la igualdad, donde los
derechos del hombre son para todos, lo cual está expresado con claridad en su
artículo primero: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
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