Sebastián Jans
Editorial publicado en Revista Iniciativa Laicista de julio de 2014
No es necesario que sea presentado un
proyecto de ley ante el parlamento. Basta que haya un solo anuncio de someter a
la consideración legislativa la idea de cambios a la ley, que ponga fin a la
penalización del aborto en tres casos extremos, para que los sectores conservadores
y retardatarios chilenos, salgan a proclamar una confusa “defensa de la vida”,
descalificando a quienes promueven la necesidad de tener políticas de salud más
racionales, de acuerdo a las posibilidades de la medicina contemporánea.
Queda claro que quienes han agitado, más
que el debate, la intimidación como arma comunicacional, sacando a un grupo no
menor de niños y jóvenes pudientes a hacer manifestaciones, y contando con una
amplia cobertura de medios perfectamente sustentados en el avisaje económico de
los grupos de poder fáctico - proclamando con descontrolada pasión la “protección
de la vida” -, son aquellos que tienen una curiosa historia de agravios contra
la calidad de la vida humana.
Porque de eso se trata: la vida humana y
el vivir humano. Se trata de personas reales, que viven la realidad, y que
enfrentan las alternativas del vivir. Se trata de la calidad de vida y de la
crudeza que significa enfrentar y resolver problemas objetivos de mujeres que
sufren.
No estamos discutiendo aún de los
derechos reproductivos, un debate que en todo caso está pendiente. La propuesta
que ha sido puesta sobre la mesa, para ser sometida al análisis legislativo
cuando haya un proyecto definido, se trata solo de aquellos casos que, en su
condición extrema, son reconocidos en todos los países donde la recomendación
sanitaria está sobre cualquier consideración determinista. Tres casos que cualquier mujer, más allá de
sus convicciones religiosas, valoraría como necesarias, cuando se enfrente a
una situación de esas características: el riesgo de vida de la madre,
inviabilidad del feto o una gestación a consecuencia de violación.
Estamos hablando del sentido común que
primaría en una familia, por ejemplo, frente a lo que esté sufriendo una hija,
madre o hermana, como consecuencia de cualquiera de esas alternativas. Estamos
hablando de casos que afectarían a mujeres que son parte de nuestra
cotidianidad societaria. Estamos hablando de familias que se enfrentan a esa
realidad dramática. Y lo que es peor, estamos hablando de mujeres pobres, que
muchas veces deben tomar decisiones en la más absoluta soledad.
Para cualquier persona o familia la
concepción es maravillosa, cuando las condiciones que la hacen posible son
promisorias. El proceso de gestación y el desarrollo de una futura vida humana,
en condiciones seguras y deseadas, permiten la felicidad y la realización no
solo de las mujeres, sino de una pareja y de una familia. La sociedad se hace
parte de esa condición estimulante.
La cuestión que también debe hacerse cargo la sociedad, es tener que
aceptar que haya mujeres, y su medio familiar, que se nieguen a la concepción
en condiciones de trauma y riesgo. Nadie tiene derecho a pedir la inmolación a
otra persona, o a una integrante de la sociedad, por un conjunto de ideas
confusas sobre la vida o sobre la interpretación de ciertas “verdades
escritas”. Hay ciertas visiones que aún proclaman que el sufrimiento es parte
de una forma de redención o de fin último del existir. Bien por ellas si logran
concretarlo en sus vidas y logran satisfacción con los resultados. Pero no
tienen por qué exigirlo, desearlo o imponerlo a los demás.
Así, ninguna mujer debe morir ante el
riesgo potencial derivado de un embarazo. Los alcances religiosos que ello
tenga es un tema que ponderará la afectada, y aún la inmolación podrá ser su
legítima alternativa. Es su derecho de conciencia.
Tampoco, ninguna madre debe ser obligada
legalmente a sostener un embarazo anómalo e inviable contra su deseo. Es una
brutalidad pretender que ese proceso de gestación deba ser cautelada por el
Estado y sus instituciones. En una ínfima cantidad de casos, en las familias de
quienes promueven esa imprecisa “defensa de la vida”, tal alternativa sería
aceptada. El sufrimiento de una madre con un proceso de gestación anómalo solo
puede ser admisible si lo asume por propia decisión, pero la ley y el sistema
de salud debe permitirle inexcusablemente una alternativa de término.
De la misma forma, ninguna mujer puede
estar obligada a sostener una concepción como resultado de una violación. Hay
antecedentes concretos en que El Vaticano no ha hecho objeción al aborto: con
las monjas violadas en África, en los 60´s; en la derrotada Alemania, en 1945;
así como en 23 países donde monjas fueron violadas por misioneros, en los 90´s.
Podrá decirse que se trata de casos extremos de conmoción social, pero para una
mujer una violación será siempre un caso extremo de conmoción.
Sacarse las máscaras del ideologismo y
del extremismo conservador grandilocuente e introducir el propósito efectivo de
la misericordia, es fundamental para
abordar una despenalización que el sentido común y buenas políticas de salud
requieren.
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