miércoles, 1 de julio de 2015

Como realizar el trámite de apostasía

Por Eduardo Quiroz

El trámite de la apostasía en sí mismo es bastante simple y su resumen es el siguiente, a modo de guía para realizarlo:
El primer paso no debería existir y el segundo debería ser el primero, pero dada la modalidad del primer trámite que ya comentamos, se hace necesario esta inclusión:
1.- Recordar donde fuiste bautizado o más bien preguntar a los padres el lugar del trámite. Con seis meses o menos de edad es difícil recordar, ¿no?
2.- Dirigirse a la parroquia, capilla o iglesia donde se realizó el trámite del bautismo y solicitar una copia de la inscripción o certificado de bautismo. En tal caso, es necesario llevar un monto en efectivo, pues no es un trámite gratuito.
3.- Averiguar la diócesis de la región --o arquidiócesis si es de la Región Metropolitana--  que corresponde y certificado en mano dirigirse al lugar para solicitar el formulario de apostasía. Un dato imprescindible es que no se puede realizar el día lunes, pues es día de “descanso”.
4.- Una vez en la diócesis, llenar el formulario, el cual se realiza en conjunto con una “entrevista” con el párroco de turno, que, de manera análoga como lo hacen bancos o las empresas de servicios cuando uno solicita una baja, le realiza una charla tratando de revertir la decisión y, en mi caso al menos, al no poder revertirlo, utilizan la teoría del miedo indicando que es un trámite que le hará perder todos los “derechos” que se habían adquirido. Llenado el formulario, se firma, se le entrega y esperas por una copia de él.
5.- El formulario es enviado de manera interna a la sucursal que corresponde, donde, lamentablemente, no borran el registro sino sólo le ponen una nota al lado indicando la condición de apóstata. Deberían borrar el registro de bautismo, pues siguen manteniendo la información en sus libros de manera engañosa.
6.- Ya el trámite está finalizado, pero resulta adecuado, transcurrida una semana o dos, dirigirse nuevamente al lugar donde fuiste bautizado y solicitar un certificado de bautismo y comprobar que los datos hayan sido correctamente ingresados y que el registro haya sido actualizado.
            El trámite es, como se dijo, relativamente simple. 
            Paradójicamente, aquí lamentamos que el Estado de Chile sí respete fielmente la separación Iglesia-Estado (como no lo hace en otros casos, haciendo la vista gorda ante tantas intervenciones eclesiales en asuntos públicos), pues no existe manera civil de certificar o constatar que realmente de parte de la iglesia el hecho de apostatar se haya consumado o realizado de manera correcta y fiel al espíritu que hay tras una acción como esta: una decisión concienzuda, meditada, reflexiva y racional,destinada a corregir un vicio que aún sigue vigente en la sociedad chilena actual y en varios otros lugares del mundo.
Ejercida la apostasía, la Iglesia ya cuenta con un miembro menos. Con la honestidad por delante, quienes no profesamos una religión y vemos un mal uso de esa cifra de "mayoría", deberíamos realizar este trámite en pos de terminar con la tiranía que ejercen y buscan continuar ejerciendo los clérigos, esperando el día  en que las autoridades del Estado entiendan lo necesario que es tener un Estado cien por ciento laico.

1 comentario:

toti dijo...

No te entregan un certificado que acredite el tramite? Puede un cura decirte . no yo no hago ese tramite?